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Foto del escritorValentina Manriquez

Tiempos de reforma en Francia: Nueva Ley de Bienestar Animal

La experiencia comparada, una vez más, nos proporciona un claro ejemplo de peso en materia de derecho animal. En Francia, el pasado 1 de diciembre de 2021, fue publicada en el Diario Oficial de la República francesa, la nueva ley de bienestar animal. La reforma fue adoptada por 332 votos a favor en el Senado, antecediéndole una favorable votación, casi unánime, en la Assemblée nationale. Dentro de sus principales trasfondos está la lucha contra el maltrato animal, y el fortalecimiento del vínculo entre humanos y el resto de las especies animales.


Son 50 artículos que modifican la legislación vigente en torno a los animales no humanos, destacando entre estos: I) la prohibición gradual del uso de animales en circos y delfinarios, II) la prohibición de la venta de gatos y perros en sitios web de anuncios clasificados y de granjas de mascotas, III) Requisito de firma de un certificado por nuevos tutores de animales que comprende las responsabilidades y costes involucrados, IV) Fortalecimiento de sanciones ante casos de abandono de animales, y V) Cierre de las últimas granjas de visones en Francia. De manera sintetizada el contenido más destacado de la ley es:


Certificado para el nuevo tutor

En lo que respecta al establecimiento de un requisito formal a la hora de la compraventa de un animal, o ante la adopción de ellos, los nuevos tutores deberán firmar un certificado donde se establecerán las características del compromiso que se está adquiriendo con el animal, esto viene a responder a una necesidad de un país en que existe poco control sobre el abandono animal, altas tasas de compras de animales de compañía de carácter impulsivas, y una gran presencia de organizaciones animalistas que demandaban un cambio en esta materia. El contenido del certificado ya mencionado será determinado por un reglamento.


Prohibición de venta y exhibición de animales de compañía en tiendas

Adecuándose a la realidad de los países vecinos, a partir de 2024, las tiendas de “mascotas” ya no podrán vender gatos o perros. Únicamente se les permitirá mostrar gatos y perros abandonados. Tampoco se permitirá la exhibición de animales en tiendas visibles desde la vía pública, y se prohibirá la venta de animales de compañía en línea, únicamente los criaderos formalizados podrán en determinados sitios publicitar animales.


No al envío de animales vertebrados por correo

Otro de los puntos favorables de la ley, recae en la nueva prohibición de envío de animales no humanos vertebrados vivos, mediante agencias de correos. Bien sabidas son las condiciones de transporte, y efectos nocivos que tiene sobre los ANH esta clase de prácticas, por lo que esta modificación es muy importante.


Sanciones más severas

Por otra parte, se han aumentado las sanciones ante delitos que involucren animales, estableciéndose multas de hasta 75.000 euros y pena de 5 años de presidio, en caso de muerte de un animal por malos tratos, y frente a casos de abuso grave, de naturaleza sexual, o de cometer un acto de crueldad hacia un animal doméstico o domesticado, se castigará con tres años de presidio y una multa de 45.000 euros. Y, quizás una de las medidas más admirables, es que se incluyen sanciones por la grabación de imágenes de esta índole. Asimismo, se establece una circunstancia agravante, la cual corresponde a la comisión de estos actos en presencia de un menor. Además, también habrá una nueva categoría de sanciones por "ataques deliberados a la vida de un animal" y una pena agravada por abandono cuando exista un riesgo inmediato de muerte.


ANH primero, recreación humana después

Por último, me gustaría destacar la nueva legislación en torno a los animales utilizados para fines recreacionales humanos, como espectáculos en circos. La nueva legislación afectará a alrededor de 800 animales salvajes, ya que establece la prohibición de adquisición y cría de animales salvajes para su exhibición pública en circos itinerantes, en un plazo de dos años, así como también la prohibición de mantener animales salvajes como parte de un circo itinerante, en un plazo de siete años. A los actuales “propietarios” se les ofrecerán soluciones alternativas en favor del bienestar de los animales no humanos. Igualmente, se encontrará prohibida la exhibición y el uso de animales salvajes en fiestas privadas y discotecas. Se incluye además la prohibición de los paseos en pony, la mantención y cría de mamíferos marinos en cautiverio, y la exhibición itinerante de lobos y osos por entrenadores.


De los contenidos del articulado ya mencionados, se demuestra cuan eficaz ha sido el poder legislativo francés para introducir modificaciones tendientes a incrementar el bienestar animal, y procurar darles un tratamiento legislativo especial, lo que se condice con la tendencia legislativa de la Unión Europea. Ahora bien, sin perjuicio de que es un gran avance para los animales no humanos, hay aún materias pendientes de reforma que impliquen proporcionales realmente el lugar jurídico y moral que merecen. Esperemos pronto nuestro país pueda condecirse con esta realidad, e incluso -esperemos- sea capaz de mejorar medidas como las adoptadas por Francia, los animales son prioridad y debe dárseles el lugar de tal.


Revisa la nueva ley -disponible en francés- en el siguiente enlace: https://www.legifrance.gouv.fr/download/pdf?id=6Bj9bgUjCI9pG8w00sXHCO-nam6aCtsgM2LdqywZyGE=



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